
Las empresas no pueden sancionar a los trabajadores que falten a su puesto de trabajo por la borrasca
Publicado por Bureo Ceres Procuradores in Actualidad
11
Ene
2021
Las empresas no pueden sancionar a los trabajadores que falten a su puesto de trabajo por inclemencias meteorológicas como la borrasca Filomena, pues se trata de una causa de fuerza mayor recogida en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores.
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