El Supremo fija que el servicio de los autobuses turísticos está sujeto a la autorización de los ayuntamientos
Publicado por Bureo Ceres Procuradores in Actualidad
26
Nov
2024
El Supremo fija que la prestación del servicio de autobuses de transporte turístico en su modalidad «hop on-hop off» (subir y bajar, en castellano) constituye una actividad económica que debe poder desarrollarse en régimen de libre concurrencia, pero que está sujeta a autorización y a limitaciones por parte de los ayuntamientos.
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